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11-abr-2024Asesora de Menores (Causa N° 1992)Dos adolescentes trabajaban en tareas de limpieza en un hotel. Para ello, habían obtenido la autorización de sus progenitores. Durante las jornadas laborales, la encargada del hospedaje abusó sexualmente de ambas. En ese marco, la mujer las amenazó y les ofreció dinero para que no revelaran lo que habían vivido. Con posterioridad, el progenitor de una de las jóvenes tomó conocimiento de lo sucedido y realizó la denuncia penal. Asimismo, la asesora de menores local inició un expediente de protección de persona. En ese contexto, se ordenó a la mujer denunciada la prohibición de acercamiento a las jóvenes. Luego, las adolescentes fueron convocadas a una audiencia. En esa ocasión, una de ellas expresó que durante un tiempo había vivido en el hotel y que visitaba a su familia los fines de semana. En cuanto a su madre, señaló que mantenían contacto solo vía telefónica. La otra joven refirió que había tenido ataques de pánico y un intento de suicidio previo. A su vez, manifestó que en su grupo familiar habían existido situaciones de violencia. Por su parte, la asesora solicitó que se mantuvieran las medidas de protección dispuestas. También destacó –al igual que los peritos intervinientes– que los progenitores de las jóvenes no habían cumplido con sus obligaciones parentales. Sobre ese aspecto, puntualizó que desconocían lo que les había ocurrido dado que habían omitido supervisarlas, y también que hubo una falta de comunicación con las adolescentes que no convivían con ellos. Por último, pidió que se presentaran en el expediente constancias de asistencia psicológica a las adolescentes, así como de la continuidad de sus estudios secundarios.
13-mar-2024MFI c. OSDE (Causa N°1461)Un hombre era jubilado y estaba afiliado a una cobertura de salud privada desde hacía muchos años. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio del sistema de medicina prepaga–, la cobertura de salud le incrementó el valor de la cuota un 86% en el transcurso de 3 meses. Por ese motivo, el hombre inició una acción de amparo contra la empresa. En su presentación, solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del DNU. Argumentó que su dictado había excedido los límites establecidos en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. En esa oportunidad, solicitó además una medida cautelar para que se suspendieran los efectos jurídicos del decreto hasta la sentencia definitiva.
13-mar-2024GRE (Causa N° 54)Dos empresas mineras estadounidenses se instalaron décadas atrás en el Altiplano. Así, iniciaron obras de explotación de litio en la Cuenca Salar Hombre Muerto, territorio compartido por las provincias de Salta y Catamarca. Pese a que las autoridades provinciales habilitaron los proyectos, los vecinos y la comunidad indígena de la zona –Atacameños del Altiplano– no recibieron información ni fueron consultados en forma previa. Tampoco se realizó la evaluación de los efectos de la actividad minera. En ese marco, un hombre –en calidad de Cacique y asistido por un equipo de trabajo conformado por la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Catamarca y por el Programa sobre Diversidad Cultural– inició una acción de amparo ante el fuero federal con asiento en Catamarca. En su presentación, demandó a la provincia de Catamarca, así como al Estado Nacional. Entre sus argumentos, señaló que la actividad de las empresas había causado un daño irreparable al ambiente. Sobre ese aspecto, sostuvo que para la extracción del litio se utilizaban miles de litros de agua dulce y salada, lo que ocasionaba que se secaran los ríos que formaban parte de la subcuenca glaciar. Como medida cautelar, el actor solicitó que se ordenara al estado provincial a dejar sin efecto aquellos decretos y resoluciones que habían autorizado los proyectos hasta que se efectuara una evaluación de impacto ambiental interjurisdiccional y acumulativa. A su vez, pidió que en todo el proceso participaran las comunidades indígenas y los pobladores. Sin embargo, el juzgado federal se declaró incompetente y dispuso la remisión del expediente a la justicia ordinaria de Catamarca. Si bien esa resolución fue apelada, la cámara la confirmó. Frente a lo decidido, el actor se presentó con nuevo patrocinio letrado y reencuadró la demanda. En ese sentido, pidió que se declarara la nulidad de los permisos que se habían otorgado ya que no se había cumplido con la obligación de celebrar audiencias públicas con la comunidad afectada.
12-mar-2024ARE c. Swiss Medical (Causa N° 1096)Una mujer tenía una cobertura de salud privada. La mujer tenía afecciones de salud que afectaban su movilidad y contaba un certificado de discapacidad. A su vez, transitaba un tratamiento de salud mental. En ese marco, la mujer requería seguimiento médico constante y debía tomar medicación. Además, era titular de una pensión por discapacidad. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio del sistema de salud de la medicina prepaga– la cobertura de salud aumentó de forma significativa las cuotas a sus afiliados. Así, en el transcurso de dos meses incrementó en un 158% su valor. Sin embargo, a lo lardo de esos meses los ingresos de la mujer no aumentaron. En ese contexto, la mujer interpuso una acción de amparo contra la cobertura de salud. Por su parte, solicitó una medida cautelar para que se suspendieran los aumentos durante el proceso.
12-mar-2024TCM (Causa N° 2022)Una mujer y un hombre se divorciaron tras diez años de vínculo matrimonial. En ese marco, iniciaron de manera recíproca varios expedientes que tramitaron ante el fuero civil patrimonial. Entre los numerosos conflictos, discutían sobre las contribuciones que habían realizado con respecto a una casa y a una lancha que tenían en carácter de copropietarios. En una de esas causas, al momento de resolver la jueza interviniente reparó en las expresiones de menosprecio que el hombre había dirigido hacia su ex cónyuge en distintas ocasiones. En otro expediente, la cámara advirtió que los constantes reclamos judiciales del hombre eran una forma de ejercer violencia hacia la mujer. Con posterioridad, el hombre requirió ante la justicia comercial la quiebra de su ex cónyuge con motivo de deudas que le atribuía sobre los bienes comunes. Sin embargo, el juzgado rechazó el pedido. En ese sentido, consideró que no había probado que la mujer se encontrara en estado de insolvencia. No obstante, le impuso a la mujer las costas del proceso en virtud de la mora en el pago de sus obligaciones. Contra ese último aspecto, la mujer interpuso un recurso de apelación.
5-mar-2024RNS c. Galeno (Causa N° 1192)Una mujer y su hija menor de edad estaban afiliadas a una cobertura de salud privada. La niña tenía una discapacidad psicosocial y requería prestaciones educativas, de apoyo escolar y de rehabilitación. A su vez, los únicos ingresos del grupo familiar provenían del trabajo en relación de dependencia del progenitor. Luego del dictado del DNU 70/23 –que desreguló el marco regulatorio del sistema de salud– su cobertura aplicó aumentos importantes en las cuotas mensuales. De esa manera, la cuota llegó a representar la mitad de los ingresos del grupo familiar. En ese marco, la mujer inició un amparo contra la cobertura para que no se aplicaran esos incrementos. A su vez, interpuso una medida cautelar para la suspensión de los aumentos durante el proceso. Luego, el juzgado de primera instancia corrió traslado de la demanda a la accionada por un plazo breve. En esa oportunidad, la cobertura de salud expresó que existía un gran retraso en el valor de las cuotas de los asociados. Manifestó que había procedido de forma legal al momento de implementar y notificar los aumentos a los afiliados.
27-feb-2024¿Puede un decreto de necesidad y urgencia derogar normas vigentes? Posibilidad de un abordaje alternativo ante los aumentos por parte de las empresas de medicina prepaga.En diciembre de 2023 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el DNU Nº 70/2023, denominado “Bases para la reconstrucción de la Economía Argentina”. El decreto introduce diversas reformas en numerosos aspectos, que incluyen –entre otros– el Estado, la economía y la salud. Con respecto a esta última materia, la norma elimina ciertas funciones de la Autoridad de Aplicación (Ministerio de Salud) previstas en la Ley 26.882 de Marco Regulatorio de Medicina Prepaga, como el control de los aumentos fijados por las empresas de medicina prepaga. En este marco, el trabajo tiene como objetivo analizar si el DNU de referencia puede modificar o incluso derogar leyes nacionales vigentes teniendo en cuenta que, a la fecha, no ha sido ratificado por Congreso tal como lo prevé la Constitución Nacional.
23-feb-2024PA c. Swiss Medical (Causa N° 1635)Un hombre y una mujer tenían una cobertura de salud privada. La mujer era jubilada. Luego del dictado del DNU 70/23 –que modificó el marco regulatorio de la medicina prepaga– la cobertura impuso un aumento considerable en las cuotas de los planes. En ese marco, ambos interpusieron un amparo contra la empresa. En su presentación, solicitaron la inconstitucionalidad del DNU 70/23. A su vez, expresaron que con sus ingresos no podían solventar la cuota ni vivir de forma digna. Además, solicitaron una medida cautelar para suspender los aumentos mientras transcurriera el proceso.
21-feb-2024Wilson c. Estado Nacional -PEN (Causa Nº 19506)Un hombre tenía una cobertura médica prepaga. Ante el dictado del DNU 70/2023, la cuota de su plan de salud aumentó de manera notoria. Por esa razón, el hombre inició un proceso de amparo contra el PEN. En concreto, pidió que se declarara la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del DNU, que introdujeron modificaciones en el sistema de salud. Solicitó una medida cautelar para que se mantuviera el régimen de aumentos establecidos por la autoridad de aplicación, de acuerdo con los artículos 5° inciso g y 17 de la Ley Nº 26.682. Además, manifestó que la fijación discrecional de incrementos por parte de las empresas de medicina prepaga modificaba la ecuación económica prevista al inicio del contrato y que, por lo tanto, se trataba de una cláusula abusiva. Afirmó que se lesionaba así el derecho a la salud y a la vida. Añadió que la situación ocasionaba un daño individual y colectivo. Por su parte, el juzgado consultó en el Registro Público de Procesos Colectivos si existía un proceso de esas características en trámite.
20-feb-2024SGB c. Estado Nacional - PEN (Causa Nº 117)Una mujer era jubilada y tenía una cobertura de salud prepaga. La mujer realizaba tratamientos dado que tenía una discapacidad y otras afecciones de salud. Luego del dictado del DNU 70/23, la cobertura incrementó considerablemente el monto de las cuotas. Sin embargo, los ingresos de la mujer eran insuficientes, por lo que discontinuó el pago de las cuotas. Por ese motivo, la cobertura de salud dio de baja su afiliación. En ese marco, la mujer inició un amparo de salud. En su presentación, solicitó la declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/23 en cuanto desregulaba el control sobre los aumentos de las cuotas. A su vez, inició una medida cautelar para que se suspendieran los incrementos efectuados y se retrotrajeran el valor al fijado antes de la entrada en vigencia del decreto.